Voto activo para uno y otro sexo desde 1933

19 de noviembre de 1933. Las elecciones del 19 de noviembre de 1933 serán las primeras en las que las mujeres del territorio español puedan ejercer el derecho al voto (activo y pasivo) recogido en el artículo 36 de la Constitución de 1931: «Los ciudadanos de uno y de otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes». Sí disfrutaban entonces del derecho de sufragio pasivo para ser elegidas. También pudieron votar dos semanas antes las mujeres del País Vasco durante el referéndum autonómico del 5 de noviembre.